Pago de obligaciones

509758 - ¿Cómo se paga el saldo de la declaración jurada?
Fecha de publicación: 23/04/2019

Se podrá efectuar el pago de sus obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, a través de la generación de VEP o mediante la "Billetera Electrónica AFIP"

Para consultar los bancos que operan con Volante Electrónico de Pagos (VEP), Haga clic aquí.

Para consultar la guía paso a paso de cómo acreditar fondos en la Billetera Electrónica AFIP, ingrese aquí.

También puede consultar el ID 23441814 para verificar como cancelar las obligaciones desde la Billetera Electrónica AFIP.

  • Fuente: CIT AFIP
515638 - ¿Cómo se cancelan los intereses?
Fecha de publicación: 23/04/2019

Los contribuyentes y/o responsables podrán efectuar el pago de sus obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, a través de la generación de VEP o mediante la utilización de la Billetera Electrónica AFIP.

Para consultar los bancos que operan con VEP, Haga clic aquí.

Se podrá conocer el procedimiento para generar el VEP ingresando aquí.

Para consultar la guía paso a paso de cómo acreditar fondos en la Billetera Electrónica AFIP, ingrese aquí.

También puede consultar el ID 23441814 para verificar como cancelar las obligaciones desde la Billetera Electrónica AFIP.

  • Fuente: Art. 2 RG 1778/04 y Art. 3 RG 4335/18
516482 - ¿Cómo se calculan los intereses?
Fecha de publicación: 13/11/2023

El cálculo de los intereses se realiza a través de la web www.afip.gob.ar, dentro de “AYUDA” opción "Calculadora de intereses"; o, si se cancelan mediante VEP, podrán calcularse desde el servicio con clave fiscal "Presentación de DDJJ y Pagos" al momento de generar el mismo.

  • Fuente: AFIP
520717 - ¿Cómo pago períodos anteriores a julio de 1994?
Fecha de publicación: 10/02/2017

Deberá efectuar el pago únicamente a través de la generación de volantes electrónicos de pago (VEP). Para ello, podrá ingresar al servicio con clave fiscal "Presentación de DDJJ y Pagos" > Nuevo VEP, debiendo completar los campos de la siguiente manera:

*CUIT/CUIL: El que corresponda

* Organismo recaudado: AFIP

* Grupo de tipo de pagos: OTROS PAGOS (Seleccionando Impuesto)

* Tipo de pagos: AFIP- OTROS PAGOS

* Por el "Capital" (impuesto 997, concepto 019 y subconcepto 019)

* Por los "Intereses" (impuesto 997, concepto 019 y subconcepto 051), consignando el último período indicado.

Además, debe presentar el formulario U78 en la ANSeS para comunicar la nominatividad del o los empleados. Por ejemplo, si se regulariza desde el año 1989, debe presentar el U78 por los años 1989, 1990, 1991, 1992, 1993 y enero a junio de 1994.

  • Fuente: CIT AFIP